• Por ningún motivo debe observarse directamente este fenómeno astronómico; las niñas, niños y personas de la tercera edad son los más vulnerables
  • La contemplación puede realizarse con protección especial como lentes o telescopios con filtro solar adecuado, por no más de 30 segundos;  es importante dejar descansar los ojos al menos 10 minutos

La Secretaría de Salud de la Ciudad de México (SEDESA) llama a la población a no observar directamente el sol durante el eclipse solar que se registrará el próximo lunes 8 de abril del presente año, ya que puede provocar ceguera, alteraciones irreversibles en la visión y daños a la retina en poco tiempo.

Cabe destacar que niñas, niños y personas de la tercera edad son más susceptibles a padecer algún problema ocular como consecuencia de la observación directa del eclipse.

Las personas interesadas en mirar el evento astronómico pueden hacerlo de manera segura a través de la televisión y en las imágenes difundidas en redes sociales. Asimismo, para mirarlo sin afectar la vista, se pueden utilizar lentes especiales, recomendados y aprobados por la Administración Nacional de Aeronáutica y el Espacio (NASA), los cuales deben tener la leyenda ISO12312-2; o bien, telescopios con filtro solar adecuado.

Aun cuando se utilicen métodos de observación apropiados, la contemplación no debe ser por más de 30 segundos; y es muy importante dejar descansar los ojos durante al menos 10 minutos.

La SEDESA pide a la población evitar arriesgar su vista y no observar el fenómeno astronómico con lentes para el sol, vidrios ahumados, películas fotográficas, radiografías, binoculares, telescopios, ni reflejos en el agua. Estos instrumentos no brindan la protección adecuada.

Cabe mencionar que en la Ciudad de México la Luna cubrirá aproximadamente 75 por ciento del disco solar, lo que ocurrirá a las 10:51 horas y alcanzará su máximo punto a las 12:14 horas, para finalizar a las 13:38 horas. 



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 “ESTE MATERIAL TIENE FINES EXCLUSIVAMENTE INFORMATIVOS Y HA SIDO MODIFICADO TEMPORALMENTE CON MOTIVO DEL INICIO DEL PERIODO DE CAMPAÑAS DEL PROCESO ELECTORAL 2023-2024 EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN LOS ARTÍCULOS 41, PÁRRAFO TERCERO, FRACCIÓN III, APARTADO C, ÚLTIMO PÁRRAFO Y 134, PÁRRAFO OCTAVO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”