CARTA DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON CAPACIDAD DE GESTAR
1.- Recibir al menos una consulta antes del embarazo (pregestacional), para valorar su salud y la de su pareja, así como, para brindar orientación y asesoramiento sobre los cuidados enfocados a mejorar su salud sexual y reproductiva, con el fin de apoyar la decisión sobre el momento para embarazarse.
2.- Recibir atención integral adecuada, oportuna y periódica durante el embarazo, puerperio, y continua durante el trabajo de parto.
3.- Recibir trato digno, incluyente, confidencial y respetuoso; así como a ser llamada por su nombre.
4.- Recibir información suficiente, adecuada, veraz y comprensible, para decidir libremente sobre la atención que se le sugiere; otorgando o no su consentimiento válidamente informado, sobre la naturaleza del procedimiento, diagnóstico y beneficios que estos conllevan y las posibles alternativas.
5.- Acceso a espacios dignos, que cuenten con lo necesario para la atención del embarazo, parto y puerperio.
6.- Si cursa un embarazo de bajo riesgo y en caso de así desearlo, ser referida a Entornos Habilitantes, donde podrá recibir atención por parteras profesionales y debidamente acreditadas.
7.- Recibir atención médica inmediata en caso de presentar una emergencia obstétrica, así como a un traslado seguro y oportuno a unidades con capacidad resolutiva.
8.- Tener contacto piel a piel con su persona recién nacida, que favorezca el apego inmediato para la lactancia materna, siempre que el estado de salud de ambos lo permitan.
9.- Recibir información clara y oportuna sobre el estado de salud y resultados de los estudios realizados a la persona recién nacida. Que ésta sea valorada integralmente y en caso de que se encuentre en riesgo su vida, sea trasladada de manera segura a una unidad que cuente con las instalaciones adecuadas para su atención.
10.- Derecho a recibir información sobre los cuidados de la persona recién nacida, lactancia, tamiz metabólico y esquema de vacunación.
11.- Recibir información adecuada y oportuna sobre los posibles cambios emocionales o trastornos relacionados con el embarazo, parto y puerperio, así como a recibir atención integral para el manejo de los mismos.
12.- Recibir información y acceso a métodos anticonceptivos, para decidir de manera libre y responsable sobre el número y espaciamiento de sus hijos.
13.- Ser informada sobre las vías para expresar las inconformidades, sugerencias o felicitaciones de la atención recibida y que se les dé seguimiento a las mismas. Estas podrán ser presentadas ante las autoridades de la unidad médica como: Dirección de la unidad de salud, Subdirección de atención médica, Área de Calidad, o bien ante la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.